VEREDA REGLAMENTARIA LA PLATA


Cuando la ciudad de La Plata fue planificada se tuvieron en cuenta muchos detalles y uno importante fueron sus veredas.
Desde tiempos fundacionales y hasta la actualidad son las ordenanzas municipales quienes nos definen y reglamentan aspectos importantes como ser; diseño, material de fabricación, ubicación y color según la calle donde vivas.

El Código de Espacio Público así como las ordenanzas y decretos de la El enlace externo abre una nueva pestaña o ventana.Municipalidad de La Plata son reglamentados en las sesiones del El enlace externo abre una nueva pestaña o ventana.Consejo Deliberante. La ordenanza N° 9.880 que hace referencia a las veredas nos indica como deben ser.

| CASCO URBANO |
Avenidas y Diagonales: Se coloca el modelo "vainilla"
Pares: son de color amarillo con guarda roja
Impares: son grises con guarda negra
Medida: 20 x 20

Resto de las calles: Se coloca el modelo "nueve panes"
Pares: son de color amarillo con guarda roja
Impares: son de color gris con guarda negra
Medida:  20 x 20

| FUERA DEL CASCO URBANO |
En las calles pavimentadas también hay reglas. En esos casos las veredas pueden construirse con losas de hormigón de 50 x 50 centímetros o con baldosas estriadas o de panes, de cualquier color. Se debe garantizar que el material sea antideslizante. Vale aclarar que la empresa fabrica únicamente en la medida de 20 x 20, 30 x 30 y 40 x 40.


| IMPORTANTE |  Dentro de la ordenanza N° 9.880 existen dos artículos relacionadas con las veredas que te pueden ser útiles.

ART 124° ORDENANZA 9880 - La reparación de la vereda reglamentaria y la correspondiente cazuela para arbolado urbano, será responsabilidad del frentista, excepto cuando haya sido deteriorada por trabajos realizados: por la Municipalidad, empresas prestatarias de servicios Públicos autorizadas y/o empresas contratistas de trabajos públicos o privados, quienes serán las responsables de reconstruir la misma, conservando las características anteriormente existente a la ejecución de la obra. Frente a su incumplimiento el propietario frentista podrá denunciar ante la autoridad competente la necesidad de reparación. En tales casos, el Municipio podrá llevar a cabo los trabajos de reparación, y una vez finalizados procederá a la liquidación y cobro de los gastos a las empresas responsables.

ART 144° ORDENANZA 9880 - Es obligación del propietario frentista, al construir o reconstruir veredas, dejar las cazuelas en una dimensión mínima de 1,20 x 1,20 metros destinadas al arbolado.

La información fue obtenida del El enlace externo abre una nueva pestaña o ventana.Consejo Deliberante La Plata, toda actualización será tenida en cuenta y puesta a disposición de nuestros clientes.


Baldosas tradicionales para veredas. Se comercializan en varios colores, de textura rugosa antideslizante que no se altera si la baldosa está seca o húmeda.


Especificaciones Técnicas  |  Calcáreos - Vereda Reglamentaria

MEDIDA

ESPESOR

PESO UNITARIO

PESO POR m²

TERMINACIÓN

CANTIDAD POR m²

USO

20 x 20 2 cm 1,50 kg 37,50 kg Calcárea 25 Exterior



Este material fue realizado por la empresa, hablamos de su compilación, edición y redacción. En caso de usar la Infografía y el texto en su totalidad favor de citar la fuente.




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